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OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS
 
En este documento se explican las posibles operaciones intracomunitarias, las obligaciones que conllevan y las instrucciones para su contabilización. Adaptado a las directivas y reglamentación en vigor a partir del 01-01-2010.

1) ENTREGAS

1.1) Entregas intracomunitarias de mercancías. Si el destinatario tiene su sede en cualquier otro miembro de la CEE, actúa como empresario o profesional y facilita su NIF, la factura se hará exenta de IVA. El programa de facturación de Contatec contabilizará las facturas usando el concepto 263.

Asiento:

concepto 263 FACTURA CLIENTE MERCANCIAS CEE
Libro de IVA Emitidas. Tipo de IVA 9. Se declaran en el modelo 349 con la clave E.
 

cuenta

importe

observaciones

D430 xxxxx (cliente miembro de la CEE)Base 
H700Base 

1.2) Entregas intracomunitarias de servicios. Si el destinatario tiene su sede en cualquier otro miembro de la CEE, actúa como empresario o profesional y facilita su NIF, la factura se hará exenta de IVA. El programa de facturación de Contatec contabilizará las facturas usando el concepto 263, por lo que, en este caso, el asiento debe modificarse manualmente, ya que el programa no tiene forma de saber si son o no servicios lo que se factura.

ATENCIÓN: No deben mezclarse en la misma factura entregas de mercancías y servicios prestados.

Asiento:

concepto 266 FACTURA CLIENTE SERVICIOS CEE
Libro de IVA Emitidas. Tipo de IVA 9. Se declaran en el modelo 349 con la clave I.
 

cuenta

importe

observaciones

D430 xxxxx (cliente miembro de la CEE)Base 
H705Base 

1.3) Entregas intracomunitarias de mercancías por operaciones triangulares. Cuando la operación intracomunitaria se ha realizado adquiriendo en un segundo país miembro de la CEE y se destina a un tercero, miembro también de la CEE, la factura se hará también exenta de IVA.

Asiento:

concepto 267 FACTURA CEE OPERAC. TRIANGULAR
Libro de IVA Emitidas. Tipo de IVA 9. Se declaran en el modelo 349 con la clave T.
 

cuenta

importe

observaciones

D430 xxxxx (cliente miembro de la CEE)Base 
H700Base 

2) ADQUISICIONES

2.1) Adquisiciones intracomunitarias de mercancías sujetas a IVA. Al haber facilitado el NIF español al proveedor, éste emitirá la factura exenta del impuesto del valor añadido del país de origen. El destinatario español no tiene obligación de confeccionar una auto-factura, pero deberá aplicar el IVA correspondiente (tipos 1, 3 ó 6) según la mercancía adquirida, anotándolo en la propia factura.

Asiento:

concepto 272 FACTURA ADQUIS. INTRACOMUNITA.
Libro de IVA Recibidas, añadir el importe de IVA según el tipo correspondiente al total factura. Se declaran en el 349 con la clave A.
 

cuenta

importe

observaciones

D60xBase 
H400 xxxxx (proveedor miembro de la CEE)Basecorregir el importe manualmente, con F5
D472IVA 
H478IVAintroducir pulsando F5 y F6

2.2) Adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión sujetas a IVA. Se consideran bienes de inversión cuando su base imponible supera el importe establecido de 3.005,05 euros. El procedimiento formal es equivalente al del 2.1, y sólo cambia el asiento.

Asiento:

concepto 334 FRA. ACREEDOR CEE BIEN.INVERS.
Libro de IVA Recibidas, añadir el importe de IVA según el tipo correspondiente al total factura. Se declaran en el 349 con la clave A.
 

cuenta

importe

observaciones

D2xxBase 
H523 xxxxx (proveedor miembro de la CEE)Basecorregir el importe manualmente, con F5
D472IVA 
H478IVAintroducir pulsando F5 y F6

2.3) Adquisiciones intracomunitarias de bienes no considerados de inversión por su cuantía y sujetas a IVA. No se consideran bienes de inversión cuando su base imponible es inferior al importe establecido de 3.005,06 euros. El procedimiento formal es equivalente al del 2.1, y sólo cambia el asiento.

Asiento:

concepto 338 FRA. INMOVI. CEE (NO INVERSION
Libro de IVA Recibidas, añadir el importe de IVA según el tipo correspondiente al total factura. Se declaran en el 349 con la clave A.
 

cuenta

importe

observaciones

D2xxBase 
H523 xxxxx (proveedor miembro de la CEE)Basecorregir el importe manualmente, con F5
D472IVA 
H478IVAintroducir pulsando F5 y F6

2.4) Recepción de servicios intracomunitarios sujetos a IVA (INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO). Al haber facilitado el NIF español al prestador de los servicios, éste emitirá la factura exenta del impuesto del valor añadido del país de origen. El destinatario español tiene la obligación de confeccionar una auto-factura en la que deberá desglosar y aplicar el IVA correspondiente al servicio prestado.

La auto-factura tendrá una numeración especial (ISP-000).

A la entidad emisora (la propia empresa) se le da de alta con su NIF con el código "0   ", preferentemente y poniendo "EX" en grupo de clasificación, para que el programa lo excluya del 347. De todas formas, el filtro del programa de la AEAT lo excluirá al coincidir el NIF con el del declarante.

Al proveedor extranjero se le da de alta con su NIF. Ya no es necesario tener dos fichas distintas si es a la vez suministrador de mercancías. En ambos casos, las operaciones se declaran en el modelo 349 (sólo la que tiene el concepto 275) y no en el 347.

Asientos:

1) FACTURA RECIBIDA DEL PROVEEDOR ISP

concepto 275 FACTURA PROVEEDOR ISP
Libro de IVA Recibidas. Se declaran en el 349 con la clave I.
 

cuenta

importe

D62xBase
H410 xxxxx (acreedor intracomunitario)Base
   

2)  AUTO-FACTURA EMITIDA POR INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO   

concepto 276 AUTO-FACTURA EMITIDA ISP
Libro de IVA Emitidas
 

cuenta

importe

D410 0 (entidad emisora, acreedor)Base + IVA
H410 0Base
H477IVA

 
3) AUTO-FACTURA RECIBIDA POR ISP

concepto 274 AUTO-FACTURA RECIBIDA ISP
Libro de IVA Recibidas
 

cuenta

importe

D410 0 (entidad emisora, acreedor)Base
H410 0Base + IVA
D472IVA

Nota para usuarios de nivel avanzado:

Para imprimir las facturas puede utilizarse este modelo de formato FISP0000.FMT (copiar en la carpeta de datos de la empresa correspondiente) con el método de imprimir cartas de la opción 3.1, modificándolo previamente mediante el editor de línea de comandos EDITOR (en realidad, ejecuta el nuevo programa para Windows XP TecEdit) para confeccionar manualmente la factura. Si tu sistema operativo es anterior a XP, utiliza EDIT en lugar de EDITOR. Instrucciones completas.

2.5) Adquisiciones intracomunitarias por operaciones triangulares. Cuando la adquisición se ha efectuado a un proveedor de un segundo país miembro de la CEE y se destina a un cliente de otro país, miembro también de la CEE, la factura estará también exenta del impuesto del valor añadido del país de origen, y la operación no está sujeta a IVA. Estas adquisiciones no están sujetas a ningún tipo de declaración; ya se hace por las entregas subsiguientes.

Asiento:

concepto 277 FRA. ADQU. CEE POR OP. TRIANG.
Libro de IVA Recibidas. Tipo de IVA 9. No se declaran ni en el modelo 347 ni en el modelo 349.
 

cuenta

importe

observaciones

D60xBase 
H400 xxxxx (proveedor miembro de la CEE)Base 


Sólo a través de los conceptos el programa sabrá separar estos asientos al calcular las declaraciones trimestrales, mensuales y anuales. NO DEBEN EMPLEARSE OTROS CÓDIGOS DE CONCEPTO QUE LOS SEÑALADOS.